Así reza el punto 47 del pacto entre PP y C's para el gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
"47.- Tramitaremos con celeridad la aprobación legislativa de un nuevo texto refundido de la Ley del Suelo de Andalucía. Así posibilitaremos que el planeamiento y la gestión urbanística se aprueben y desarrollen agilizando y simplificando su tramitación con el fin de hacer dichas figuras y actuaciones viables y sostenibles ambiental y económicamente como desarrollos futuros, generando la necesaria seguridad jurídica a las administraciones implicadas, a los ciudadanos y a las empresas.
Todo ello sin perder de vista la política pública de vivienda, elaborando y ejecutando un nuevo Plan (2019-2023) que garantice su realización con financiación y medidas efectivas."
Lo primero que llama la atención en este texto —por no decir que puede ser causa de un estado de profunda perplejidad en aquellos que traten de hacer un somero análisis del mismo—, es el hecho de que lo pactado en materia de suelo consista en la aprobación de un nuevo TEXTO REFUNDIDO de la mal llamada, por los firmantes, Ley del Suelo de Andalucía (no existe tal ley en el ordenamiento jurídico de nuestra Autonomía).
Como afirman algunos que dijo Jack el Destripador, vayamos por partes.
¿Qué es un texto refundido? Pues, simplemente, aquel que recoge varias leyes que, de manera dispersa, regulan la misma materia y tienen mismo rango jerárquico para unirlas en un único texto para facilitar su manejo y comprensión. La aprobación de un texto refundido, por lo tanto, NO VIENE A REGULAR NADA NUEVO. Así que plantear que la aprobación del que nos ocupa vendrá a posibilitar "que el planeamiento y la gestión urbanística se aprueben y desarrollen agilizando y simplificando su tramitación con el fin de hacer dichas figuras y actuaciones viables y sostenibles ambiental y económicamente como desarrollos futuros" sólo puede ser fruto del desconocimiento absoluto de esta figura legal.
Continuando con el análisis del despropósito que nos ocupa, y abundando en el desconocimiento absoluto de los firmantes en torno a la legislación andaluza en materia de suelo, aun existiendo en Andalucía una Ley denominada "de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo", ley en la que la regulación del suelo es mínima y siempre vinculada al tema de la vivienda protegida, la legislación autonómica en materia de gestión y planeamiento urbanísticos y sus diferentes figuras no tiene prácticamente nada que ver con ella. No, tales asuntos son regulados la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Todo un galimatías que viene a mezclar churras con merinas y casi seguro que también con lobos, y que no arroja luz alguna sobre las verdaderas intenciones en materia de urbanismo y suelo, del gobierno que se conformará definitivamente la semana próxima.
Por último, en cuanto a la elaboración de un nuevo plan de vivienda, es algo a lo que obliga la Ley Reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía. El actual plan al respecto, aprobado mediante el Decreto 141/2016, de 2 de agosto, por el que se regula el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020. Es decir, un Plan al que aún le restan dos años de vigencia. ¿Por qué tanta urgencia en aprobar un nuevo Plan 2019-2023, interrumpiendo la vigencia del actual? ¿Habrá fondos buitre sobrevolando ya por encima del derecho a la vivienda de los andaluces y andaluzas más desfavorecidos?
En fin, afirmaba Carlo María Cipolla, en su magnífico y breve ensayo satírico "Allegro ma non tropo: las leyes fundamentales de la estupidez humana", que son mucho más peligrosas para una colectividad, las acciones y omisiones de los estúpidos que las de los malvados. Sólo nos queda esperar, por tanto, que PP y C's se pongan pronto al día en lo relativo a la regulación del suelo en Andalucía. Porque lo de malvados, tras haber pactado con la ultraderecha cavernícola, falaz y sin seso de Vox, sin la cual no sería posible que gobernasen Andalucía, no parece que pueda tener fácil remedio.