A ver cuándo loh contrituilusionihta patrio se olvidan por un rato de Cataluña y Venezuela y tienen unos minutos p'aplicar en Andalucía el artículo 47 de la Constitución, que fartita que hase pa' que por estos pagos se cumplan, por parte de la Comunidad Autónoma y Estado central, las obligaciones que, al respecto, la Constitución y otras leyes le imponen, payo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario